04/10/2026 Página 12 - Nota - El País - Pag. 4
La llamativa selectividad de la Corte Suprema Irina Hauser Mientras siguen pendientes reclamos sobre trabajo, salud, yerba y actividad farmacéutica, los supremos resolvieron el expediente del Cecim y dejaron firme la derogación de la ley. Antes de firmar el fallo que dejó en pie la derogación de la ley de Tierras y habilitó la extranjerización, la Corte Suprema hizo un trabajo quirúrgico. Eligió un caso, no cualquiera. Era el único sobre el tema entre por lo menos 32 expedientes que tienen en trámite que cuestionan la totalidad o aspectos del DNU 70/2023 del gobierno de Javier Milei, quien apenas llegó al poder eliminó leyes y otras normas para desregular la economía. Los supremos pusieron el acento, además, en descalificar el reclamo en defensa de la soberanía presentado por una organización que nuclea a excombatientes de Malvinas y que goza de un elevado consenso social. Las causas sobre el DNU desregulador radicados en el alto tribunal que pudo relevar Página/12 son incluso más, porque un mismo expediente contiene a otros y, por ejemplo, las demandas por los aumentos de las prepagas remiten a otros 430 expedientes. Hay otros planteos contra el capítulo laboral, la liberación de la actividad farmacéutica, las sociedades anónimas deportivas, la limitación de facultades del Instituto de la Yerba Mate, la transformación de sociedades del Estado en anónimas. Los cortesanos tenían todo esto entre manos, pero eligieron uno en particular de máximo interés para ciertos magnates aliados al gobierno y para Estados Unidos. Después de la lluvia de críticas, en algunos despachos sugieren que podrían usar un caso laboral para pronunciarse sobre el fondo de la discusión, quién sabe cuándo. "Timing" Menos de 48 horas después de firmar el fallo de extranjerización de la tierra, los ministros de la Corte tenían previsto ser figuras estelares de un encuentro de jueces de tribunales orales en San Martín de los Andes, en Neuquén, una provincia malvinera, de las más sensibles al reclamo de soberanía, y cuyo gobernador Rolando Figueroa, ante la avanzada del gobierno con la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada (luego fallida), presentó un proyecto para blindar las tierras fiscales a extranjeros. Los cortesanos tomaron la precaución de no aparecer los tres juntos: primero estuvo Ricardo Lorenzetti, que hizo el acto inaugural, luego Carlos Rosenkrantz, que habló de "El deber de los jueces", y el cierre lo hizo el presidente, Horacio Rosatti. El evento era de la Asociación de Magistrados. Algunos lamentaron el timing. Como era de esperar, el ruido que dejó la sentencia se trasladó a la montaña. No solo con una protesta de ATE en el hotel Le Village donde se congregaban los magistrados. A Rosenkrantz, que en un momento salió a dar una vuelta y tomar aire con su esposa, lo frenó en la calle, con enojo, una mujer que lo reconoció: "Oiga, yo no soy mapuche pero igual quiero saber por qué resolvió esto". El supremo se tomó un rato para darle una explicación técnica, en tono de clase de derecho, sobre lo que había considerado con sus colegas el meollo de la discusión: falta de legitimación, dijeron ellos, del Centro de ExCombatientes Islas Malvinas de La Plata (Cecim). Para un enorme abanico de juristas que publicaron o expresaron sus reflexiones, el núcleo del asunto hace rato debería ser otro: ¿Por qué la Corte sostiene hace casi tres años un DNU que derogó leyes, algo que entienden abiertamente inconstitucional? Lo deja andar en la medida en que no se pronunció sobre su validez constitucional, a pesar de tratarse de "una aberración jurídica", en términos –por caso– de los constitucionalistas Roberto Gargarella, Laura Clérico y Raúl Gustavo Ferreyra. Además de "un acto tiránico", según el especialista en derecho procesal Alberto Binder. Escudados en resolver un tecnicismo (inhabilitar a los excombatientes para recurrir a la Justicia), los supremos advirtieron después en un comunicado que ellos no opinaron sobre la discusión constitucional de fondo y que seguramente ya lo harán. Pero "el resultado es una sentencia que dice no convalidar el DNU pero produce todos los efectos de esa convalidación", en palabras del especialista en acciones de Clase Francisco Verbic. "Una convalidación de abusos", agrega. Todo esto sin contar que el máximo tribunal dijo que la soberanía no es un bien jurídico colectivo, algo que otros tantos también refutaron, como Raúl Zaffaroni, Gustavo Arballo y Andrés Gil Domínguez. La selectividad suprema La cronología es relevante en toda esta historia. El Cecim había obtenido primero una cautelar a favor, luego un fallo de primera instancia en contra y otro de marzo de 2024 de la Sala III de la Cámara Federal de La Plata que declaró inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23 que derogó la Ley de Tierras. Es decir, les dio abiertamente la razón a los excombatientes, además de analizar las condiciones del decreto y la falta de fundamentación de la necesidad y la urgencia. Es decir, no encontraron ninguna razón excepcional que propiciara saltearse al Congreso. Ese tribunal platense dijo, además, que "impedir impugnar la constitucionalidad de una norma que se dice lesiva de la soberanía nacional a una asociación que nuclea a quienes, precisamente, debieron empuñar las armas en su defensa" es "una solución que menoscaba la dignidad del orden jurídico de la Nación". El caso del Cecim llegó a la Corte con la apelación del Estado Nacional poco después de la decisión de la Cámara, más de dos años y medio atrás. Como la ley quedó vigente, el Gobierno impulsó la llamada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, buscando reponer el efecto del DNU. El Senado, ante el reclamo popular, desistió de liberar la venta de tierras en la sesión del 6 de agosto último. Después de haber tenido el expediente paralizado desde el 4 de febrero y tras el fracaso oficialista en el Senado, el 31 de agosto último en la Corte empezó a hacer circular otra vez el expediente hasta que se firmó la resolución esta semana, al rescate del Gobierno, de espaldas a la sociedad. A los supremos no les interesó avanzar ahora (ni antes) en la enorme cantidad de planteos vinculados al DNU 70 que tiene pendientes. Solo hicieron que quede firme la posibilidad de vender tierras rurales en forma ilimitada y cuestionaron a quienes reivindican la soberanía. Son más de 30 amparos y cautelares, algunos con movimiento dentro de la Corte. ¿Cuáles son los que por ahora dejó a un lado? Después del escándalo de esta semana, desde los despachos supremos comenzó a circular una versión según la cual este podría ser, finalmente, un caso que utilicen los jueces supremos para expedirse, o alguno de los presentados por sindicatos. Hay quienes sugieren desde el tribunal la posibilidad de que se trate todo el capítulo laboral ya que mientras estuvo vigente pudo afectar derechos. Junto con eso, vaticinan, se podría tratar la constitucionalidad de todo el DNU. Si analiza si se cumplieron los requisitos de un DNU y falla, al final, lo que dice casi toda la comunidad jurídica, el resultado debería proyectarse a todas las causas. Habrá que ver. De plazos nadie dice nada. Lo que la Corte suele hacer es esperar al final de un gobierno para que después no la acusen de poner en riesgo la gobernabilidad. Quizá suceda, pero no se sabe cuándo. Mientras tanto, en el cierre del encuentro de San Martín de los Andes, hubo más de un testigo que a altas horas de la noche escucharon a los jueces cantar (no los de la Corte, el resto) Canción con Todos, Hasta siempre comandante, Para el Pueblo Lo que es del Pueblo y ¡La Marcha de la Bronca! Los jueces Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti. Una de las preguntas reiteradas estos días apuntaba a saber por qué la Corte no trató el amparo de la CGT contra el capítulo laboral. Hay dos planteos de inconstitucionalidad si quisieran hacerlo caer de cuajo. Uno es del Centro de Estudios Legales y Sociales. Otro es de la Asociación Argentina de Juristas. Una mayoría de planteos que objetaban el capítulo laboral por el recorte de derechos y su carácter regresivo tuvieron respuesta favorable a los sindicatos. Después el gobierno logró la aprobación de la ley de Modernización Laboral en el Congreso. Pero algunos aspectos quedaron vigentes por el DNU. En la Corte siguen en pie esas causas. Existen cientos de reclamos de usuarios del sistema de medicina prepaga que presentaron cautelares para que no les apliquen los aumentos, que superaron el 300%. Hubo resoluciones de todo tipo, algunas de las cuales ordenaron dar marcha atrás con el aumento de la cuota, aplicar topes basados en la inflación (IPC) y devolver lo cobrado de más. La Fraternidad cuestionó la transformación de las sociedades estatales en sociedades anónimas, quitándoles toda protección y control. El DNU 70 le quitó la facultad de fijar precios mínimos y regular nuevas plantaciones al Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM). Hay tres causas en la Corte, dos promovidas por la propia provincia de Misiones y una impulsada por productores rurales. La Confederación Farmacéutica y el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza impulsan causas porque el DNU habilitaba la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias. 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