26/09/2026 Página 12 - Nota - Sociedad - Pag. 15
Un fallo de Cámara para garantizar la mano dura El tribunal de apelación revocó la medida de la jueza Laura de Marinis y la apartó del caso. Por su decisión, la magistrada es objeto de una campaña de hostigamiento. La Cámara porteña revocó el fallo de la jueza Laura De Marinis que declaraba la inconstitucionalidad del nuevo Régimen Penal Juvenil en un caso por una tentativa de robo agravado, expediente en el que sobreseyó a un adolescente de 14 años. Además, el tribunal apartó del caso a De Marinis y dispuso el sorteo de un nuevo juez para esa causa. Los jueces Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca hicieron lugar así a la apelación del fiscal Mauro Tereszko. De Marinis había resuelto aceptar el pedido de un fiscal para sobreseer al adolescente de 14 años al que un hombre denunció por un intento de robo de su teléfono celular. El delito no llegó a concretarse y el acusado fue detenido por la Policía de la Ciudad. El criterio que tomó la magistrada fue declarar la "inconstitucionalidad" del artículo 1 de la ley 27.801 (es decir, no la legislación en su totalidad) por considerar que ese régimen aplicado a ese caso concreto resultaba "regresivo, desproporcionado y estigmatizante" contra el adolescente en situación de desamparo por parte del Estado. Pero la decisión de la jueza fue cuestionada, en especial por parte del periodismo y por el jefe de Gobierno de la Ciudad, Jorge Macri, que pidió que se le iniciara un juicio político a De Marinis para removerla de su cargo. Para revocar la decisión de De Marinis, la Sala III cuestionó a la jueza por "bloquear el artículo de una norma debatida y aprobada por el Congreso sin aportar los motivos suficientes para utilizar la figura de inconstitucionalidad respecto de la baja de edad de imputabilidad, y cómo era contraria a la Constitución Nacional o los tratados internacionales de derechos humanos". El fallo de mayoría, sostuvo que la función del Poder Judicial "no autoriza a sustituir una opción legislativa por otra sólo porque la segunda parezca más conveniente, menos punitiva o preferible desde una determinada concepción de política criminal". Para rechazar la decisión de De Marinis, consideró que la "inconstitucionalidad" es una herramienta excepcional y que para resolverla debe respetar la jurisprudencia de la Corte Suprema, que indica que debe ser considerada como última alternativa. En ese sentido, cuestionó a De Marinis por no argumentar por qué la baja de edad de imputabilidad a los 14 años incumplían con los principios de protección integral de la infancia. Además, la resolución de los jueces objetó que De Marinis utilizara un caso particular para dictar una medida de inconstitucionalidad que podía afectar toda la aplicación de la norma y el sistema de responsabilidad penal. Antes del fallo, casi un centenar de magistrados salieron en defensa de De Marinis, al argumentar que la jueza solo "ejerció el control de constitucionalidad y convencionalidad" en ese caso concreto "por considerar que la reducción de la edad de punibilidad resulta regresiva con respecto al sistema de protección integral de derechos". El texto de los jueces aclaró que la decisión de la magistrada "había sido promovida por el Ministerio Público de la Defensa y contó con la adhesión del Ministerio Público Tutelar en representación de los derechos del adolescente". Menciones: Laura De Marinis, Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza, Patricia Ana Larocca, Mauro Tereszko, Policía de la Ciudad, Jorge Macri, Sala III, Congreso, Constitución Nacional, Corte Suprema, Ministerio Público de la Defensa, Ministerio Público Tutelar, cnot
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