30/05/2026 La Nación - Nota - Política - Pag. 11
El Gobierno impulsa una nueva ley de sociedades y la envía al Congreso Paula Rossi El Gobierno impulsa una nueva ley de sociedades y la envía al Congreso. El proyecto habilita a socios a someter conflictos internos al derecho extranjero, así como también crea tipos societarios hasta ahora inexistentes. El gobierno de Javier Milei enviará al Congreso una nueva ley de sociedades, que se sumará a los otros cuatro proyectos que esta gestión remitió la semana pasada. Según pudo confirmar LA NACION, ingresará por el Senado. Desde el oficialismo aseguran que junio tendrá “alta actividad” en el Congreso, luego de meses de poca intensidad, sobre todo por los conflictos que sacudieron a la Casa Rosada: el caso de Manuel Adorni, investigado por su crecimiento patrimonial, como por las disputas internas entre el ala de Karina Milei y los Menem, y la de Santiago Caputo. El oficialismo calcula que en la segunda quincena de junio habrá sesiones. De momento, desde la Casa Rosada dejaron trascender los principales puntos de la nueva ley de sociedades, aunque todavía no vio la luz el texto completo, al que ayer le ultimaban detalles en la Secretaría de Legal y Técnica. El proyecto se trabajó con el Ministerio de Desregulación de Federico Sturzenegger a la cabeza y también colaboró la cartera de Justicia, de Juan Mahiques. Según fuentes oficiales, uno de los principales cambios que introduce el proyecto libertario es que dota de más poder al estatuto de la compañía, ya que pasa a ser el órgano que “manda” sobre las sociedades. “Se termina la tutela del Estado sobre cómo los socios organizan sus negocios. Las normas de la ley pasan a ser supletorias. Las restricciones estatales serán excepcionales y de interpretación restrictiva. Los registros públicos no podrán dictar resoluciones que limiten lo que la ley permite”, detallaron. Asimismo, desde el Gobierno explicaron que la nueva ley permitirá que el objeto social sea “amplio y plural”, y que no haya obligación de conexidad entre las distintas actividades. “Si no se consigna objeto en el estatuto, se entiende que la sociedad puede realizar cualquier actividad lícita”, plantearon en la Casa Rosada y afirmaron también que con el texto oficialista se buscará eliminar las “trabas burocráticas” de los registros. Otro de los puntos que será de los que generen mayor polémica es que las sociedades quedarán habilitadas para someter sus conflictos internos al derecho extranjero. También a pactar cláusulas arbitrales en el estatuto para resolver controversias sin depender de la Justicia ordinaria. Respecto de esto, fuentes del Gobierno que trabajaron en la confección de la normativa aseguraron ante LA NACION que la transnacionalización de la operatoria comercial permitirá que las sociedades se constituyan según el derecho aplicable que elijan. “Si prefieren usar las reglas de Delaware, que las usen; si consideran que son mejores las de Londres, que tomen aquellas; si optan por las de Dubái... Por ejemplo, si los socios ya están familiarizados con las leyes de Nueva York, pueden constituir la sociedad en la Argentina, pero hacerla operar con las reglas de allá para las cuestiones vinculadas a las relaciones entre los socios”, señalaron. Además, la ley habilitará la “digitalización plena” de la sociedad, con domicilio electrónico, libros y registros digitales, asambleas a distancia, constitución de la sociedad por firma digital o electrónica y legajo digital público para cada empresa. En tanto, desde el Gobierno dejaron trascender que el nuevo proyecto creará nuevos tipos societarios. Por un lado, las “sociedades automatizadas”, que no están constituidas por personas, sino que pueden operar mediante algoritmos o inteligencia artificial (IA) sin requerir empleados. También las “DAO”, que serían sociedades total o parcialmente autónomas, con participación en tokens y registros en blockchain. “Tendrán personalidad jurídica plena y responsabilidad limitada”, explicaron respecto de ambos modos. El nuevo texto también incorpora instrumentos de inversión convertibles, habilita la renovación automática del plazo de duración de la sociedad y establece que los mandatos de directores y síndicos sean “por tiempo indeterminado por defecto”, salvo que se especifique un acuerdo contrario. Mientras tanto, el proyecto contempla que si una sociedad es titular 100% de otra, el órgano de administración puede absorberla directamente, sin necesidad de trámites adicionales. Menciones: cpol1
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