09/05/2026 Página 12 - Nota - Justicia - Pag. 14
Rechazaron un amparo contra la Ley de Glaciares Juan José Baric, juez federal de La Pampa, rechazó la medida cautelar en defensa de la Ley de Glaciares, presentada por la provincia pampeana, la Universidad de La Pampa y dos organizaciones ambientalistas locales. El pedido incluía la suspensión de la aplicación de la reforma aprobada en el Senado Nacional hace un mes y la declaración de su “inconstitucionalidad, inconvencionalidad (la incompatibilidad con las normas internas) y nulidad absoluta”. Este último punto sí seguirá su curso en el Juzgado Federal de Santa Rosa. El juez sostuvo en su fallo que la presentación realizada por el gobernador pampeano –Sergio Ziliotto– y la Fiscalía de Estado no acreditaba “con el grado de probabilidad suficiente” para suspender los efectos de la modificación sancionada. En el amparo calificaron la modificación como un “retroceso normativo” en materia ambiental, ya que reduce las áreas de protección al ambiente glacial y periglacial y permite una asimetría en el poder de decisión entre las provincias. A su vez, señalaron que las actividades extractivas intensivas –como la minería– afectan al ambiente y a la población en su conjunto. “Los actores no plantean en su demanda ninguna actividad concreta de daño actual, como así tampoco individualizan los presuntos glaciares y geoformas periglaciares que tendrán que ser en primer lugar, conforme surge del estudio de la Ley, inventariados para así determinar con cierto grado de certeza la posible afectación medioambiental”, agregó el juez. Por eso, Baric determinó: “el pedido cautelar no resulta un medio apto para satisfacer el interés especulativo de los actores”. Según el juez, los demandantes “mencionaron la explotación minera de forma genérica, sin individualizar proyectos concretos ni demostrar que estos se vean afectados por una prohibición cuyo alcance geográfico aún no ha sido delimitado por las provincias. No resulta admisible una pretensión de inconstitucionalidad basada en la incertidumbre sobre posibles daños ambientales, especialmente cuando no se ha acreditado una afectación directa y actual”. Tampoco consideró pertinente el “peligro en la demora” del amparo. La demanda provincial tenía como fin evitar que se lesionen “derechos colectivos y garantías de raigambre convencional y constitucional, tales como el derecho al ambiente sano, al agua, a la salud, a la propiedad, la protección efectiva de los derechos de las generaciones futuras”. La Pampa no tiene ningún glaciar en su territorio, pero depende –para su abastecimiento social y productivo– de las cuencas de San Juan y Mendoza, ambas con gran incidencia de mineras en zonas de glaciares. Como los glaciares no están en su territorio, según la reforma legislativa La Pampa no tiene voz ni voto. “La desafectación de protección de glaciares produce efectos materiales actuales, acumulativos e irreversibles, que resultan negativos tanto para el ambiente como en la organización social y económica. Su consecuencia más inmediata es la intervención directa en las reservas de agua dulce”, aseguraron. Por eso, habían pedido que se suspenda la aplicación de la ley, para evitar la habilitación y la promoción “de actividades generadoras de daño ambiental inminente e irreversible”, y no se ejecuten medidas que afecten los derechos colectivos hasta el dictado de sentencia definitiva del proceso. De todas formas, el juez reconoció la acción colectiva presentada y pidió que el Estado Nacional presente informes sobre el caso, que deberán ser remitidos en un plazo máximo de cinco días. Esta semana Greenpeace Argentina, la Asociación Argentina de Abogadxs Ambientalistas (AAdeAA) y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) presentaron un amparo a la modificación en el Juzgado Federal de La Pampa, con la adhesión de otras organizaciones y de más de 850 mil personas. Agostina Rossi Serra, especialista en biodiversidad de Greenpeace, explicó: “estamos planteando que esta reforma es regresiva, inconstitucional y pone en riesgo glaciares y ambiente periglacial para habilitar actividades extractivas en zonas que antes estaban protegidas”. “En un contexto de crisis climática y sequías cada vez más frecuentes, proteger los glaciares es proteger el agua de millones de personas. Por eso ahora esperamos que la Justicia actúe”, amplió. La constitucionalidad de la modificación será debatida por la presentación de estas tres organizaciones y la de La Pampa. Menciones: cpol2
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