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19/03/2026 Infobae.com - Home

El BCRA habilitó a los bancos a girar el 60% de sus dividendos de 2025 en tres cuotas
Martín Fernández Nadale

La autoridad monetaria mantuvo el porcentaje que las entidades financieras pueden distribuir entre los accionistas. La medida rige únicamente para el ejercicio del año pasado y no para las utilidades retenidas
El BCRA habilitó a los bancos a girar el 60% de sus dividendos de 2025 en tres cuotas. REUTERS/Irina Dambrauskas
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que los bancos, con autorización previa, podrán distribuir hasta el 60% de sus dividendos correspondientes al ejercicio 2025, realizando el pago en tres cuotas mensuales, iguales y no acumulables.
La nueva disposición del Central establece que, hasta el 31 de diciembre de 2026, las entidades financieras que cuenten con habilitación oficial podrán girar sus utilidades al exterior. El pago de cada cuota se hará efectivo a partir del tercer día hábil de mayo y de cada mes en que se concrete la distribución.
Desde el organismo monetario remarcaron que el porcentaje es el mismo que rigió para el año pasado . La diferencia radica en que el año pasado los bancos tenían permitido repartir dividendos retenidos en hasta 10 cuotas . En cambio, en 2026 sólo se podrán transferir los resultados de 2025.
Según lo comunicado oficialmente por el BCRA , el monto total a distribuir no podrá superar el 60% del resultado del ejercicio correspondiente al año pasado, neto de las reservas legales y estatutarias cuya constitución sea obligatoria y se encuentren registradas a la misma fecha. Esta condición busca asegurar que las entidades mantengan niveles adecuados de capitalización antes de proceder con la distribución de utilidades.
Los bancos no podrán girar los dividendos retenidos previos a 2025. REUTERS/Agustin Marcarian
La medida requiere que toda distribución de resultados se ajuste a lo informado en el Régimen Informativo Plan de Negocios y Proyecciones, así como en el Informe de Autoevaluación del Capital. De acuerdo con el texto, “el cómputo de los conceptos previstos en las Secciones 2. a 5. de ese texto ordenado y del importe límite a distribuir deberá realizarse en moneda homogénea de la fecha de la asamblea”.
La resolución determina que solo podrán acceder a la distribución de resultados las entidades que hayan recibido autorización específica del Banco Central y que cumplan con los parámetros de capital y transparencia exigidos en la normativa vigente. El límite del 60% apunta a preservar la solidez del sistema financiero argentino, al tiempo que permite cierta flexibilidad para el reparto de utilidades bajo supervisión estricta.
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Imagen: infobae.com


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