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27/11/2025 Clarin.com - Nota
Juan Sebastián Verón, inhabilitado como presidente de Estudiantes: ¿qué podrá hacer y qué no durante los seis meses que dura el inédito castigo de la AFA? La "Bruja" asumió la responsabilidad por el "espaldazo" al campeón "designado" Rosario Central. El antecedente de Fassi, el presidente de Talleres de Córdoba. Tapia y Verón, enfrentados. El Tribunal de Disciplina de la Asociación del Fútbol Argentino decidió este jueves sancionar al presidente de Estudiantes de La Plata Juan Sebastián Verón "con una suspensión de SEIS (6) meses para toda actividad relacionada con el fútbol, por infracción al artículo 12 del Código Disciplinario", según comunicó el Boletín 6797. La sanción es severa para con la "Brujita", luego de que los futbolistas del Pincha, por decisión institucional, le dieron la espalda a los jugadores de Rosario Central en el pasillo realizado el domingo pasado en el Gigante de Arroyito. Fue un acto de rebeldía de Verón y compañía luego de que se otorgó al Canalla un título de Liga que no estaba contemplado en el reglamento de la Liga Profesional. Y así se conformó un nuevo capítulo de la guerra con la AFA. ¿Qué significa, entonces, esta sanción? El ídolo de Estudiantes estará durante seis meses inhabilitado de representar al club platense ante los órganos de la AFA , como el Comité Ejecutivo o la Asamblea, ni tampoco firmar documentos o petitorios en su calidad de máxima autoridad del club . A la vez, se le impide permanecer en las áreas de los estadios reservadas para directivos o integrantes de las delegaciones oficiales . El "espaldazo" de los jugadores de Estudiantes a los de Rosario Central. Foto: Fotobaires Hay un antecedente reciente y es el que involucra a Andrés Fassi, mandamás de Talleres, quien increpó al árbitro Andrés Merlos en la zona de vestuarios del estadio Malvinas Argentinas de Mendoza tras la derrota del conjunto cordobés -polémica mediante- ante Boca por los octavos de final de la Copa Argentina 2024. Fue suspendido por 24 meses en las mismas condiciones que ahora lo está Verón , aunque en marzo pasado se le levantó después de una decisión del Tribunal Superior del Deporte (TAS, según sus siglas en inglés) . Aquel castigo, explicado en un extensísimo fallo de más de 38 carillas, también se le aplicó por haber “violado los estatutos de AFA" cuando Fassi intentó suspender la Asamblea de la casa matriz del fútbol argentino con una denuncia ante Inspección General de la Justicia sin recurrir previamente a los órganos del fútbol. Fue firmada por los miembros del Tribunal de Disciplina que todavía encabeza el escribano Fernando Mitjans . Consultado por Clarín , sin embargo, Fassi dijo que no tenía "idea" sobre la determinación del Tribunal de Disciplina. Por su parte, el vicepresidente de Talleres, Gustavo Gatti, fue suspendido por seis meses para ejercer su cargo y el club recibió una amonestación. Fassi y Merlos, protagonistas de un escándalo en Mendoza. La controversia comenzó cuando Fassi se presentó ante el Tribunal para denunciar unas supuestas amenazas de Pablo Toviggino, tesorero de la AFA. El dirigente del club manifestó su preocupación por ciertas expresiones del dirigente santiagueño en redes sociales que, según él, insinuaban un posible daño a su club. Sin embargo, el Tribunal encontró que sus afirmaciones carecían de fundamento y que, en lugar de presentar inquietudes legítimas, la presentación era más bien un intento de provocar un conflicto con la AFA. El Tribunal de Disciplina evaluó la situación y concluyó que Fassi había violado abiertamente el artículo 169 del Reglamento de la AFA, que prohíbe la presencia de dirigentes en zonas vedadas, como lo es el vestuario de los árbitros. Además, se consideró que sus actos contribuyeron a crear un ambiente de violencia y hostilidad que no puede ser tolerado en el deporte, El Tribunal de Disciplina se apegó a los artículos 32 y 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas. El primero establece que "el Tribunal de Disciplina Deportiva y el Tribunal de Apelaciones deberán resolver con sujeción a la letra y al espíritu del Estatuto de la AFA, de los Reglamentos y de las resoluciones de las autoridades de la misma y, en lo no previsto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho", mientras que el segundo estipula que "la apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Disciplina Deportiva y del Tribunal de Apelaciones cuando le corresponda actuar, los cuales se pronunciarán con los elementos de juicio que consideren suficientes". A partir de allí los miembros del Tribunal entendieron que las acciones de Fassi, en el caso de la pelea con Merlos, fueron a contramano del artículo 248° que habla de una "suspensión de siete días a cinco años, al dirigente o toda otra persona que desempeñe cualquier cargo o función en el club al cual pertenece, que agreda, intente agredir, injurie, agravie, ofenda, insulte, amenace o cometa cualquier otro acto inmoral o reprobable, dentro de las dependencias internas del estadio; dentro o fuera del estadio o del campo de juego; desde atrás del alambrado qué circunda el campo de juego o desde las plateas o tribunas, a árbitro, árbitro asistente, asistente deportivo, jugador o personal técnico". Y luego se apoyan en el artículo 253° que advierte que "la suspensión impuesta a dirigente de club, implica la inhabilitación para ejercer en la AFA o en clubs afiliados directa o indirectamente a la misma, cualquier clase de actividad directriz y todo cargo, tarea o función que esté relacionado con asuntos referentes al fútbol. La inhabilitación es total. El dirigente así sancionado no podrá, por ningún concepto, titulo o carácter, en lo que se refiere a las distintas actividades del club vinculadas al fútbol, representar, asistir a reuniones de su Comisión Directiva ni a otras reuniones en las que se traten temas relacionados con. la actividad del fútbol en cualquiera de sus aspectos: deportivo, económico, social, financiero, etc.". Y cierra: "La violación a lo dispuesto en este artículo será sancionada con suspensión de uno a cinco años o expulsión de la AFA".
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