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06/11/2025 Cronista.com - Nota

Que no te estafen | Período de vacaciones: cuántos días de descanso te tocan en 2025 según tu antigüedad laboral

La Ley Federal del Trabajo determina un sistema progresivo de vacaciones conforme aumenta la antigüedad en un puesto laboral. Conoce más.

La llegada de la brecha final de año trae consigo el deseo de planificar nuevas vacaciones y momentos de descanso , tanto a nivel nacional como internacional. Para los trabajadores mexicanos, este proceso se facilita gracias a la histórica reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) , vigente desde diciembre de 2022, que impulsó el concepto de vacaciones dignas .
Te puede interesar Atención alumnos | Confirman la fecha de las vacaciones: cuándo terminan las clases abre en nueva pestaña Te puede interesar El Gobierno otorgará una semana extra de vacaciones a todos estos trabajadores a partir de ahora abre en nueva pestaña Esta modificación significó un aumento sustancial en los días de asueto remunerado , brindando una mejor calidad de vida laboral. Con la mira puesta en el fin de año del 2025, es el momento ideal para que cada empleado revise su tabla de vacaciones y organice sus periodos de descanso de la manera más estratégica posible.
Cuántos días de vacaciones pagas contempla la LFT El Artículo 76 de la LFT es el eje central de la cantidad de días de vacaciones pagas para los empleados de México. El mismo establecer que, tras cumplir un año de servicio, los trabajadores tienen derecho a un periodo de descanso mínimo de 12 días laborables .
Esto marca un hito respecto a los anteriores seis días que regían en la normativa. La ley también especifica un sistema de aumento progresivo : el periodo vacacional se incrementará en dos días laborables por cada año subsecuente de servicio , hasta alcanzar los 20 días al llegar al quinto año de antigüedad; y a partir del sexto año, el aumento será de dos días por cada cinco años de servicio adicionales.
Este nuevo esquema legal no solo busca garantizar un periodo de descanso más prolongado, sino también otorgar flexibilidad al empleado . Respecto al Artículo 78 de la LFT , es potestad de la persona trabajadora la forma y el momento de distribuir su periodo vacacional .
Cómo se pueden utilizar las vacaciones Si bien la ley establece el derecho a disfrutar de al menos 12 días continuos, la f racción restante puede ser pactada con el patrón según las necesidades del trabajador . Es crucial recordar que, según el Artículo 81 de la LFT, estas vacaciones deben ser concedidas y disfrutadas dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio .
Cuántos días de vacaciones corresponden por antigüedad laboral Para facilitar la planificación, los trabajadores pueden consultar la tabla de vacaciones 2025 basada en su antigüedad:
Un año de antigüedad: 12 días de vacaciones Dos años de antigüedad: 14 días de vacaciones Tres días de antigüedad: 16 días de vacaciones Cuatro años de antigüedad: 18 días de vacaciones Cinco años de antigüedad laboral: 20 días de vacaciones De 6 a 10 años de antigüedad: 22 días de vacaciones De 11 a 15 de antigüedad: 24 días de vacaciones De 16 a 20 de antigüedad: 26 días de vacaciones De 21 a 25 de antigüedad: 28 días de vacaciones De 25 a 30 de antigüedad: 30 días de vacaciones De 31 a 35 de antigüedad: 32 días de vacaciones ¿Qué sucede con los trabajadores de temporada? La Ley Federal del Trabajo también contempla a aquellos que prestan servicios bajo modalidades no continuas . El Artículo 77 de la LFT estipula que los trabajadores de temporada o con servicios discontinuos mantienen su derecho a un periodo anual de vacaciones.
Te puede interesar Adiós Ley Federal del Trabajo | Cambiarán los horarios laborales en el país para todos los sectores abre en nueva pestaña Te puede interesar Reforma a Ley del Trabajo | Confirmado: habrá más días de vacaciones pagas para estos trabajadores abre en nueva pestaña En estos casos, el cálculo se realiza de forma proporcional al número de días trabajados durante el año. Este detalle asegura que ningún trabajador quede excluido del goce de un descanso remunerado, independientemente de la naturaleza de su contrato laboral.


Imagen: cronista.com


#38602804   Modificada: 06/11/2025 18:04 Cotización de la nota: $701.574
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