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29/10/2025 Clarin.com - Nota
Ganancias: el Gobierno hizo un cambio clave que afecta a los argentinos que tienen dinero en el exterior ARCA incluyó a los contribuyentes con renta extranjera dentro del sistema simplificado de Ganancias. Será para personas que facturen al exterior o con inversiones financieras en otros países. Juan Pazo, director de ARCA. Foto: Federico Lopez Claro Los argentinos que hayan obtenido rentas en el exterior por inversiones o que hayan facturado a clientes en otros países estarán incluidos desde ahora en el esquema simplificado del impuesto a las Ganancias que ARCA implementó a mitad de año y quedarán habilitados para adherirse. Así lo determinó el organismo tributario en una medida publicada en el Boletín Oficial y que agrega a la renta de fuente extranjera entre los contribuyentes que pueden sumarse a ese esquema que debutó en junio pasado. El arranque, de todas formas, fue lento: fueron unos 12.700 entre más de 1,7 millones de personas que están habilitadas a hacerlo, entre trabajadores en relación de dependencia, monotributistas y autónomos. En términos generales, es un sistema que simplifica la presentación la declaración jurada anual. ARCA utilizará su propia estimación de acuerdo a su base de datos y el contribuyente deberá aceptar, o apelar, el cálculo. Los que ingresen ya no estarán obligados a informar patrimonio ni montos consumidos, lo que reduce la "carga" administrativa . El artículo 3° del decreto que creó el modelo simplificado de declaración jurada del impuesto a las Ganancias, aclaraba que “únicamente estará disponible para los contribuyentes que obtengan rentas de fuente argentina en forma exclusiva”. Tras conocerse esa disposición, se interpretó que quedaban fuera del nuevo esquema los argentinos que prestan servicios a clientes del exterior. Para el fisco, los trabajos realizados en territorio argentino y facturados a otros países no constituyen rentas externas . Solo se considera renta del exterior a la que proviene de inversiones realizadas fuera del país y de las cuales el contribuyente obtiene un beneficio. ARCA (ex AFIP) incluyó a la renta externa en el régimen simplificado de Ganancias nuevo. Foto: Juano Tesone Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez , CEO de SDC Asesores Tributarios, las restricciones cambiarias llevaron a muchos de quienes facturan al exterior a recurrir a mecanismos financieros alternativos para acceder a las divisas como criptomonedas. Esto sí sería considerado renta externa. También ganancias obtenidas por certificados de acciones de empresas internacionales (cedears) u otras más trandicionales como alquileres por propiedades. La disparidad es que mientras el organismo recaudador dispone de información local sobre los contribuyentes para calcular el impuesto en la declaración jurada, no ocurre lo mismo con los ingresos generados fuera del país . Falta conocer la reglamentación en la que ARCA detalle qué tipo de ganancias estarán contempladas en la ampliación del nuevo esquema simplificado. El proyecto de ley enviado al Congreso a mitad de año y que el Gobierno volverá a empujar establece los requisitos para ingresar al nuevo régimen: podrán hacerlo personas humanas con ingresos de hasta 1.000 millones de pesos y un patrimonio máximo de $10.000 millones. Además, el texto precisa el criterio de “discrepancia significativa”, es decir, el umbral a partir del cual ARCA podría considerar que existe una diferencia relevante entre lo declarado y la información que posee el organismo. En concreto, se entenderá que hay discrepancia cuando la distancia supere el 15% entre ambos valores.
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