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28/10/2025 Clarin.com - Nota

La Corte avaló el juicio oral por los Cuadernos de las Coimas al rechazar recursos de Cristina Kirchner y otros
Daniel Santoro
Lo hizo en el expediente conocido como “la Camarita”, que investiga la presunta asociación ilícita que funcionó en torno a la concesión de obra pública durante la gestión 2003-2015.

Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenksantz y Horacio Rosatti, los tres jueces de la Corte Suprema.
A una semana y media del inicio del juicio oral, la Corte Suprema dio su aval al avance de la causa Cuadernos de las Coimas, al rechazar más de una veintena de recursos impulsados por la ex presidenta Cristina Kirchner, el ex ministro de Planificación Julio De Vido y un grupo de empresarios contra el expediente conocido como “la Camarita”, que investiga la presunta asociación ilícita que funcionó en torno a la concesión de obra pública durante la gestión 2003-2015.
Además, la Corte hizo lugar al recurso de la Procuración General de la Nación y revocó el sobreseimiento que había favorecido a Daniel Muñoz, el fallecido ex secretario privado de Néstor Kirchner, y a su mujer, Carolina Pochetti, investigados por lavado de dinero. Aquel fallo fue dictado en 2015 por el entonces juez Luis Rodríguez y al año siguiente, con el escándalo “Panamá Papers”, se descubrió que Muñoz tenían más de una quincena de propiedades en el exterior y distintas inversiones. En la causa Cuadernos, Pochetti declaró como arrepentida que, por instrucciones de su defensa, había pagado una coima al juez para que el caso se cerrara.
La decisión de la Corte Suprema permite avanzar con el decomiso de los bienes relacionados con ese expediente. En tanto, el 6 de noviembre, el Tribunal Oral Federal 7 iniciará el debate oral en donde se juzgará a la expresidenta, sus ex funcionarios y decenas de empresarios acusados de pagar y cobrar sobornos por distintos negocios con el Estado.
La causa se inició cuando un periodista de La Nación se presentó ante el fiscal Carlos Stornelli con unos cuadernos que habían llegado a sus manos. Habían sido escritos por el ex chofer del ministerio de Planificación Federal Oscar Centeno quien relataba los viajes de recaudación a los que llevaba a Roberto Baratta, segundo de Julio De Vido. Meses después, el juez Claudio Bonadio ordenó detenciones y tanto Centeno como empresarios y ex funcionarios terminaron declarando como imputados-colaboradores y confirmando las supuestas coimas.
El caso se transformó en una mega causa que aglutinó varios expedientes y abrió nuevos. Entre ellos, está la “cartelización de la obra pública” o “la camarita”, que se inició por las declaraciones de arrepentidos como Carlos Wagner, que fue presidente de la Cámara Argentina de la Construcción. Según su declaración, él armó junto a De Vido un mecanismo a través del cual las empresas decidían cuál de ellas ganaba las licitaciones y luego pagaban coimas a los ex funcionarios. El ex secretario de Obras Pública José López dio más detalles. El financista Ernesto Clarens aportó planillas con los pagos y cobros de las coimas y señaló a las empresas y a las personas involucradas. Explicó además que los desembolsos se realizaban en pesos que luego se cambiaban a dólares o euros y finalmente eran entregados en bolsos a Muñoz.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron una serie de recursos planteados de imputados que cuestionaban la existencia de la causa y distintas medidas tomadas en la instrucción. Los jueces desestimaron las presentaciones porque no se dirigían a una sentencia definitiva o equiparable a tal.
Entre esos recursos figuran los de la defensa de Cristina Kirchner por la resolución de la Cámara Federal que confirmó parcialmente la ampliación de su procesamiento por 175 supuestos de cohecho pasivo, en calidad de coautora, todos ellos en concurso real y el embargo dictado en su contra. También se desestimó el pedido de nulidad del requerimiento de elevación a juicio, del auto de elevación a juicio y de todos los actos posteriores en lo que respecta a los presuntos hechos de cohecho pasivo y la excepción de litispendencia que incluía la solicitud de unificación de procesos y juicios entre ésta y las causas 9608/2018 (Centeno) y 13820/2018 (Camarita). Tampoco prosperó la recusación contra el juez de Casación Gustavo Hornos. Además se rechazó los cuestionamientos al expediente que analiza los subsidios de transporte.
En tanto, la Corte también desestimó la presentación de De Vido por la ampliación de su procesamiento y del empresario Cristóbal López, que buscaba la nulidad de la declaración de Clarens. Además, se rechazaron planteos del empresario Mario Ludovico Rovella, quien pedía la nulidad de su indagatoria diciendo que previamente había ido a una escribanía avisando que iba a confesar porque se sentía coaccionado psíquicamente. El máximo tribunal desestimó también recursos de los empresarios Wagner, Aldo Roggio y del expresidente de Isolux Argentina, Juan Carlos De Goycoechea (el primer hombre de negocios en arrepentirse), entre otros.
En otro orden, la Corte Suprema hizo lugar al recurso de la Procuración General y revirtió el sobreseimiento que favorecía a Carolina Pochetti, viuda de Muñoz e investigada en una causa conexa por lavado de dinero.
Esta causa se había iniciado en 2013 por la denuncia de Elisa Carrió ante las declaraciones de Miriam Quiroga, ex secretaria de Néstor Kirchner, y del exsubsecretario de transporte aeronáutico Ricardo Cirielli, diciendo que el secretario de Transporte Ricardo Jaime transportaba plata en bolsos para Néstor Kirchner. A eso se sumó el reporte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sobre las operaciones de lavado de dinero que salpicaban a Muñoz, a su esposa Pochetti y el ex gobernador Daniel Peralta.
El entonces juez Rodríguez dijo que no encontró pruebas de esas actividades y sobreseyó a Muñoz y a todas las personas ligadas a él en el caso. La Cámara Federal entendió que el sobreseimiento no se extendía al lavado de dinero y solo estaba vinculado al transporte de los bolsos, y que debían seguir investigándose las operaciones financieras de blanqueo. Carolina Pochetti apeló y la Cámara de Casación Penal, por dos votos a uno, le dio la razón.
El Ministerio Público y la Unidad de Información Financiera apelaron. “El sobreseimiento solo puede abarcar los hechos conocidos por el tribunal”, dijo la Procuración. Ahora la Corte Suprema hizo lugar al recurso y el caso seguirá investigándose.
“Que esta Corte hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General de la Nación interino, al que se remite por razones de brevedad con exclusión de los párrafos 6 a 8 del acápite IV. Por ello, de conformidad en lo pertinente con lo dictaminado por el señor Procurador General de la Nación interino, se declara procedente el recurso extraordinario del señor fiscal general y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Hágase saber y vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento con arreglo a lo dispuesto”, dijeron Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti.


#37574230   Modificada: 28/10/2025 16:02 Cotización de la nota: $2.070.394
Audiencia: 1.022.580



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