|
24/10/2025 iProfesional.com - Nota
Monotributo y obra social: cómo elegir, requisitos y lista actualizada para noviembre 2025 El régimen simplificado para pequeños contribuyentes, conocido como Monotributo , incluye dentro de su cuota mensual el pago obligatorio de aportes para obra social . Esto significa que toda persona inscripta en el régimen ya aporta automáticamente a una cobertura médica básica. Los monotributistas pueden elegir la entidad de salud que mejor se adapte a sus necesidades, aunque solo entre aquellas que aceptan formalmente afiliados bajo este régimen . Desde diciembre de 2024 rige el registro obligatorio de obras sociales habilitadas para monotributistas , creado por el Decreto 955/2024 . El sistema establece que solo las entidades registradas podrán brindar cobertura médica a quienes tributen bajo el monotributo. Las obras sociales que no figuren en el listado oficial pueden rechazar nuevas afiliaciones , aunque deben respetar los contratos ya vigentes. Este esquema busca dar mayor transparencia y control sobre los servicios médicos disponibles para los pequeños contribuyentes. De acuerdo con el registro actualizado por la Superintendencia de Servicios de Salud, 41 obras sociales están habilitadas para afiliar monotributistas en octubre de 2025 . El listado completo, actualizado al 22 de octubre, es el siguiente: Para gestionar la afiliación a la obra social elegida, se requiere presentar la siguiente documentación: Además, el monotributista puede adherir al grupo familiar, abonando un adicional por cada integrante. También es posible unificar aportes con el cónyuge , siempre que ambos estén afiliados a la misma obra social. Los monotributistas pueden cambiar de obra social una vez por año , entre enero y diciembre. Las opciones para hacerlo son: La normativa establece una permanencia mínima de 12 meses antes de poder ejercer un nuevo cambio de entidad. Los monotributistas que ya derivaban sus aportes a prepagas no incluidas en el registro oficial pueden mantener su cobertura vigente, ya que los contratos firmados con anterioridad siguen siendo válidos. Sin embargo, los nuevos monotributistas solo podrán afiliarse a obras sociales que figuren en el listado oficial . Antes era posible derivar aportes a una prepaga a través de una obra social intermediaria (lo que se conocía como triangulación), pero esa opción fue eliminada con el nuevo decreto. Desde entonces, el pago del monotributo queda directamente vinculado a la obra social seleccionada. Si esta no brinda cobertura en la zona de residencia, el afiliado puede quedar con servicios limitados o sin acceso completo. Si una obra social o prepaga rechaza una afiliación sin causa justificada , el monotributista tiene derecho a reclamar. Las entidades no pueden negar la cobertura por edad, género, embarazo o enfermedades preexistentes . Pasos para realizar el reclamo: La denuncia puede realizarse: Para consultas o asistencia, está disponible la línea gratuita 0800-222-SALUD (72583) . Imagen: iprofesional.com
Acceda a la nota web del medio ![]() |
||



