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24/10/2025 iProfesional.com - Nota

Moratoria impositiva: uno por uno, los puntos clave para entender cómo regularizar tu deuda


La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) reglamentó este viernes la moratoria impositiva impulsada por el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, y aprobada por la Legislatura de la Ciudad. La medida corresponde al Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, establecido por la ley 6.842, que busca ofrecer alivio fiscal a los contribuyentes porteños .
El programa entrará en vigencia el 3 de noviembre y permitirá regularizar deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2025. Entre los beneficios se incluyen la condonación de intereses y sanciones, además de planes de pago de hasta 48 cuotas, con condiciones especiales según el tipo y monto de la deuda.
El Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias permite incorporar los tributos que recauda, determina y fiscaliza la AGIP, como Ingresos Brutos, ABL, impuesto inmobiliario y Patentes de automotor, entre otros.
Pueden regularizarse deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2025 , tanto en instancia administrativa como judicial, además de multas con sentencia firme. También se contempla la posibilidad de reformular planes de pago vigentes, salvo en los casos exceptuados por la normativa.
La adhesión al régimen estará disponible desde el 3 de noviembre de 2025 hasta el 31 de enero de 2026 . La AGIP podrá prorrogar el plazo por 90 días corridos en caso de considerarlo necesario.
Para las deudas que se encuentren judicializadas, el contribuyente deberá realizar una adhesión por cada juicio, incluyendo la totalidad del monto ejecutado. Durante el proceso, se suspenderán los plazos judiciales hasta que la deuda se cancele por completo, y se levantarán las medidas cautelares.
El acceso al régimen exige abonar la tasa de justicia, gastos y honorarios del mandatario, los cuales podrán pagarse en hasta seis cuotas . En los casos comprendidos dentro del Régimen Penal Tributario, el acogimiento suspende la acción penal mientras dure el plan de regularización. Si se completa el pago, la acción se extingue; si no, se reanudan las causas.
El régimen ofrecerá diferentes alternativas de pago, desde la cancelación al contado hasta planes de hasta 48 cuotas , con condonación total o parcial de intereses, según la fecha de adhesión y el tipo de contribuyente.
Contribuyentes generales:
Grandes contribuyentes:
La tasa de financiación será del 2% mensual para los contribuyentes generales y del 3% mensual para los grandes contribuyentes . En ambos casos, el monto mínimo por cuota será de $5.000.
Para conservar la vigencia del plan, el pago único deberá realizarse antes del día 10 del mes siguiente a la adhesión o el primer día hábil posterior. En los planes de cuotas, la primera cuota vencerá bajo el mismo calendario.
La caducidad implica la pérdida de los beneficios obtenidos, la reinstalación de intereses y sanciones y la continuación de las acciones penales correspondientes.
El plan quedará sin efecto si:
La adhesión debe realizarse a través del sitio oficial de la AGIP utilizando la Clave miBA Nivel 3 . Allí se informan las deudas, se selecciona la modalidad de pago y se cargan los datos bancarios para el débito automático, en caso de optar por el plan en cuotas.
El pago al contado o la primera cuota vencerán el día 10 del mes siguiente al acogimiento o, si fuera feriado o inhábil, el día hábil posterior.


Imagen: iprofesional.com


#37329753   Modificada: 24/10/2025 20:26 Cotización de la nota: $345.945
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