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24/10/2025 A24.com - Nota

Elecciones
Veda electoral: hasta cuándo se puede comprar alcohol


En la cuenta regresiva para las elecciones legislativas , que se desarrollarán el próximo domingo 26 de octubre , rige en todo el país la veda electoral . Se trata del período en el cual se restringen diversas actividades con el objetivo de garantizar el normal desarrollo de los comicios . En este marco, una de las consultas más frecuentes es sobre la prohibición para vender y consumir bebidas alcohólicas .
Elecciones 2025: desde cuándo no se puede comprar alcohol
De acuerdo con el Código Electoral Nacional , la venta de bebidas alcohólicas quedará suspendida desde las 20 del sábado 25 de octubre y se extenderá hasta las 21 del domingo 26 , tres horas después del cierre de los comicios.
Durante ese lapso, ningún local comercial podrá ofrecer alcohol , ya sea un bar, restaurante, supermercado, almacén, kiosco o boliche .
La medida tiene alcance nacional y busca preservar un clima de calma y orden durante el proceso electoral.
En la práctica, pese a que muchos locales gastronómicos decidan abrir sus puertas, se deberán limitar a ofrecer comidas y bebidas sin alcohol para evitar sanciones.
Veda electoral 2023: qué otras actividades están restringidas
El artículo 71 del Código Electoral Nacional detalla una serie de prohibiciones que se aplican antes y durante la jornada de votación:
Espectáculos públicos, actividades deportivas o eventos que no estén relacionados con el acto electoral.
Espectáculos públicos, actividades deportivas o eventos que no estén relacionados con el acto electoral.
Portación de armas, banderas, divisas o distintivos partidarios.
Portación de armas, banderas, divisas o distintivos partidarios.
Actos de proselitismo y difusión de encuestas o sondeos electorales.
Actos de proselitismo y difusión de encuestas o sondeos electorales.
Qué pasa si se viola la veda electoral
Los ciudadanos o comercios que no respeten estas disposiciones pueden ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
En el caso del expendio de bebidas alcohólicas, los artículos 131 y 136 del Código Electoral precisan que:
“Las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario serán castigadas con prisión de quince días a seis meses ”.
Además, las autoridades pueden aplicar multas económicas y clausuras temporales a los locales infractores.


#37320273   Modificada: 24/10/2025 17:43 Cotización de la nota: $312.355
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